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SECRETARIA TECNICA DE DEFENSA CIVIL

  

  

¿QUÉ ES DEFENSA CIVIL?

Es el conjunto de medidas permanentes destinadas a prevenir y reducir riesgos y atender y reparar los daños a personas y bienes que pudieran causas o causen los desastres o calamidades.
 
El estado, mediante el Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI, promueve y garantiza la Defensa Civil, siendo el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI su organismo central, rector y conductor.

¿QUÉ ES EL SISTEMA NACIONAL DE DEFENSA CIVIL  (SINADECI)?

Es el conjunto interrelacionado de organismos de Sector público y No Público, normas, recursos y doctrina, orientado a la protección de la población, mediante medidas de prevención y reducción de riesgos presentando ayuda oportuna y adecuada hasta alcanzar las condiciones básicas de rehabilitación que permitan continuar con el desarrollo de las actividades afectadas.
 
El SINADECI es parte integrante de la Defensa Nacional, por lo que actúa en concordancia con su política y planes.

CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA (COE)

Es el área física implementada, que  emplea el Comité de Defensa Civil para coordinar, dirigir y supervisar las operaciones para la atención de la emergencia, exhibir la información clara de las acciones, de las evaluaciones de daños y de las necesidades determinadas por el Comité de Defensa Civil. El COE debe estar permanentemente activado para monitorear zonas de riesgo y actuar oportunamente en la atención de las emergencias. Incrementará su actividad y necesidad de recursos humanos en la medida que las emergencias se presenten y lo demanden.

HORARIO DE ATENCIÓN

a)     Turno mañana :      7 :30 a 12:45 horas

        Turno Tarde     :      1:30  a 4:45 horas

CONTACTO

        Teléfonos                   : 310704 y 311193 Anexo 241  
Correo electrónico    : Nancy21_31@hotmail.com
Celulares                    : Nº 952-938686  -952-917515 -952-941966
 

MARCO LEGAL DEL SINADECI

La legislación en vigencia que regula el funcionamiento del Sistema Nacional de Defensa Civil es la siguiente:

·         Constitución política del Perú, Art. 163ª

·         Decreto Ley Nº 19338 que crea el Sistema Nacional de Defensa Civil y sus normas modificatorias y ampliatorias   aprobadas por Decretos Legislativos Nº 442, 735,905 y Ley Nº 25414.

·         Ley Nº 27867, que aprueba la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

·         Ley Nº 279772, que aprueba la Ley Orgánica de Municipalidades.

·         Ley Nº 28478, que aprueba la Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional.

·         Ley Nº 28551, que establece la obligación de elaborar y presentar planes de contingencia.

·         Decreto Supremo Nº 005 – 88 - SGMD, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Defensa Civil y sus normas modificatorias y ampliatorias aprobadas por Decretos Supremos Nos. 058 – 2001 –PCM y 069 -2005 – PCM.

·         Decreto supremo Nº 059 -2001 – PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI.

·         Decreto Supremo Nº 081 – 2002 – PCM DEL 17 – 08 – 2002, Creación de la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres.

·         Decreto Supremo Nº 001 –A-2004-SGMD del 10 -03-2004, Plan Nacional de Prevención y ATENCIÓN DE Desastres.

·         Decreto Supremo Nº 075 -2005-PCM, que aprueba el Texto único de Procedimientos Administrativos – TUPA.
 

FUNCIONES COMO SECRETARIA TÉCNICA DEL COMITÉ DISTRITAL DE CIUDAD NUEVA

Los Jefes de las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, actúan como Secretaría Técnica del respectivo Comité. Como tal, tienen las siguientes funciones adicionales:

·         Llevar el Libro de Actas y el Archivo del Comité.
·         Informar acerca del grado y oportunidad del cumplimiento de los acuerdos.
·         Centralizar la información cursada al Comité por sus miembros y otros organismos.
·         Centralizar la recepción y custodia de ayuda material y ejecutar el plan de distribución de ayuda en beneficio de los damnificados en caso de desastre, a través del Comité.
·         Apoyar la ejecución del planeamiento, coordinación y supervisión de las obras de prevención, involucrando a todas las entidades ejecutoras del ámbito de su competencia.
·         En caso de desastre, el jefe de la Oficina de Defensa Civil, como Secretaria Técnica del Comité, deberá mantener informado al Presidente del Comité y a los Comités de mayor nivel jerárquico, sobre la evaluación de daños y acciones de rehabilitación realizadas en el ámbito de su responsabilidad.
·         Informar mensualmente en su calidad de Secretaría Técnico del Comité, al Presidente del mismo respecto del cumplimiento de las funciones señaladas, bajo responsabilidad.
 

ORGANIGRAMA DE COMITÉ DE DEFENSA CIVIL DEL DISTRITO DE CIUDAD NUEVA

  •         Conformación del comité Multisectorial  de prevención y Atención de Desastres del  Distrito de Ciudad Nueva  para el ejercicio de 2011.

  •         Con la Resolución de Alcaldía Nº 103 -2011 –MDCN- T.
     

RECURSOS HUMANOS

·         Secretaria Técnica   :    Hermelinda Nancy      Huanacuni Ticona.
·         Secretario                 :     Julio Cueva Quispe.
·         Apoyo  de Campo     :    Angélica Francisca Quispe Llutari
 

 

 

 
 
 
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